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Guía de compra de viviendas de lujo en la Costa del Sol

20 de septiembre de 2024
Guía de compra

Invierte en La Costa del Sol de forma Planificada y Segura.

Paso #1. Asesoramiento profesional.

El primer paso, incluso antes de elegir la propiedad, es contar con un equipo de asesores de confianza.

La compra de un inmueble en España no es un proceso complicado. Sin embargo, requiere conocer la normativa, trámites, y documentación necesaria en cada paso del proceso. Por esta razón, resulta imprescindible contar con un adecuado asesoramiento inmobiliario, financiero, legal, y fiscal, que garantice un proceso de compra seguro.

En Samsara Wealth ofrecemos un asesoramiento global a través de un equipo de expertos en inversiones inmobiliarias de La Costa del Sol.

 

Paso #2. Due Dilligences

    • DD Inmobiliaria. El trabajo de una agencia inmobiliaria profesional no se limita a enseñarle propiedades. Su responsabilidad es mostrarle con acierto la selección de inmuebles que mejor se ajustan a su presupuesto, necesidades, y estilo de vida. Además de realizar una inspección exhaustiva de la propiedad, tendrá en cuenta todos los detalles para conseguir negociar con éxito el precio, el plazo y resto de condiciones de la compra, en perfecta coordinación con el resto de asesores.

    • DD Legal y Fiscal. La figura del Abogado experto en derecho inmobiliario es indispensable en una transacción inmobiliaria. Su responsabilidad es comprobar que no existen limitaciones para transferir la propiedad a su nombre, y verificará que vivienda que desea comprar está libre de cargas y gravámenes. Para iniciar el proceso legal, recomendamos formalizar en una Notaría un poder notarial que autorizando al abogado tomar decisiones en su nombre en las materias y gestiones relacionadas con la compra venta (Registro de la Propiedad, Oficina Catastral, Agencia Tributaria, Ayuntamiento y Bancos). En Samsara Wealth trabajamos con una selección de Abogados de reconocida trayectoria y solvencia profesional.

    • DD Financiera. Te acompañamos y presentamos a las entidades financieras más agiles y acostumbrados en operaciones de compra venta en La Costa del Sol, tanto para la apertura de una cuenta bancaria, como para solicitar una hipoteca en su caso.

 

Paso #3 Formalización de Contratos

Una vez seleccionada la propiedad, trasladada formalmente al vendedor una oferta por escrito, y ésta haya sido aceptada, comienza la fase legal del proceso de compraventa, que habitualmente, se formaliza a través de tres contratos.

El Contrato de Reserva.

Se trata de un acuerdo privado entre las partes compradora y vendedora, cuyo objetivo es reservar la propiedad, y por tanto dejar de ofertarla en el mercado, durante un plazo acordado, habitualmente inferior a 4 semanas. Durante este periodo lo más importante es obtener tres documentos esenciales en el proceso: un poder de representación notarial, NIE y cuenta bancaria en un banco español.

La cantidad que el comprador entrega al vendedor en este acto suele equivaler al 1% del precio de compra en viviendas de reventa. En el caso de viviendas de obra nueva depende del precio de la vivienda, y del plan de pago que requiera cada promotor, y puede oscilar entre 6.000€ y 20.000 € o mas incluso cuando se trata de viviendas de alto standing. El importe de la reserva es utilizado como parte del pago total en caso de seguir adelante, pero en caso contrario, si el comprador decide no comprar, pierde ésta cantidad para compensar al vendedor el perjuicio ocasionado al dejar de ofertar la vivienda en el mercado durante el periodo acordado, salvo que se incluya expresamente en el contrato de reserva la posibilidad de desistimiento.

*Nota: en ocasiones la Reserva es prescindible y se formaliza directamente un Contrato Privado. Es algo que sucede en viviendas de alto importe, cuando la cantidad que se entrega como Reserva no compense al vendedor decidir retirar la vivienda del mercado.

El Contrato Privado.

Transcurrido el plazo de Reserva, llega el momento de confirmar el compromiso alcanzado entre el comprador y el vendedor, mediante la firma de un Contrato Privado por el que el comprador hace entrega al vendedor de un % del importe de la propiedad, habitualmente no inferior al 10%, y raramente superior al 30%.

Un Abogado experto hará un buen Contrato Privado que incluirá todos los términos, condiciones y obligaciones para ambas partes. El contrato ha de ser riguroso, completo y claro en su redacción, mencionando los detalles registrales de la propiedad y sus anexos, la titularidad de los propietarios, el precio de compra, las condiciones y la fecha final máxima para firmar la Escritura Pública. Habitualmente este plazo puede ser entre 2 y 8 semanas, dependiendo de las características y dificultades de la operación.

Durante este periodo es necesaria una excelente coordinación entre todas las partes para preparar en tiempo y forma toda la documentación necesaria antes de la firma de la Escritura de Compraventa.

El tipo de Contrato Privado más habitual en operaciones de intermediación inmobiliaria se denomina Arras Penitenciales, cuya característica fundamental es la penalización. Si el Comprador incumple, pierde las cantidades entregadas. Si el vendedor incumple, se verá obligado a devolver al comprador el doble de la cantidad recibida hasta el momento.

Escritura Pública Notarial.

La Escritura de Compraventa materializa públicamente, ante la fe de un Notario, la transferencia de la propiedad y titularidad de un inmueble en España, y otorga la veracidad y seguridad jurídica al comprador y al vendedor, es decir, como garantía para todas las partes implicadas, y permite su posterior inscripción en el Registro de la Propiedad.

 

Paso #4 Registro de la Propiedad

Es el último trámite necesario para inscribir oficialmente la vivienda a tu nombre. Habitualmente las Notarías cuenta con un servicio de gestoría que se encarga de su presentación telemática inmediata tras la firma del Notario, siendo necesario aportar al registro los siguientes documentos:

    • Copia autorizada ante notario de la escritura pública de venta.

    • Justificante de pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.

    • Justificación de haber presentado la documentación para el pago de la plusvalía municipal.

Una vez realizada la inscripción, el Registro comunicará el cambio de titular al Catastro.

El Registro tarda aproximadamente quince días en comunicar oficialmente el cambio de titularidad, poniendo fin al proceso de compra venta una vez verificado el cumpliendo de todas las garantías legales.

 

*Nota Legal. La legislación y normativa legal, fiscal y financiera aplicable a la inversión inmobiliaria está sujeta a frecuentes cambios, y su alcance e impacto varía en función de las circunstancias personales y patrimoniales de cada inversor, y de las características de cada tipo de transacción. El presente documento no constituye una recomendación de inversión sobre ningún activo, ni tiene efectos contractuales. Contacte con Samsara Wealth para realizar un análisis global y pormenorizado de su proyecto de inversión inmobiliaria, adaptado a su perfil patrimonial y el tipo de transacción en cada caso.